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Se incluye en el Código Penal del Estado el delito de “cohabitación forzada”, esto gracias a La LXV Legislatura del Congreso de Oaxaca que la aprobó con el objetivo de combatir y erradicar el matrimonio infantil.

 

Este delito declara que las personas que obliguen a menores de dieciocho años o personas que no tengan la capacidad para comprender una unión con o sin consentimiento se le impondrá una pena de ocho a quince años de prisión y multa de mil a mil quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

 

Más detallada la información del delito:

 

“Personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio o concubinato”.

 

Y la pena será aumentada en su mitad o en su mínimo o máximo, si la persona obligada pertenece a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

Febrero 13, 2024

Redacción por: admin


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