~Rosa Hdz
El Congreso mexiquense aprobó por unanimidad que, en casos de feminicidio, el sujeto activo pierda todos los derechos inherentes a la patria potestad, tutela, guardia, curatela y custodia sobre las hijas e hijos.
Este dictamen establece que quien haya sido sentenciado por el delito de feminicidio, homicidio doloso o feminicidio en grado de tentativa, perderá este derecho, y que las o los hijos deberán ser resguardados únicamente por su madre, y a falta de ésta, por su familia, atendiendo el interés superior de la niñez, por lo que el juez de lo familiar deberá nombrar a un tutor o tutora.
La reforma puntualiza que, en el caso de feminicidio, cuando el delito se cometa frente a los hijos de la víctima directa, se impondrán penas de 40 a 70 años de prisión o prisión vitalicia.